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Jueves, 02 de Febrero de 2012 12:08

Se abre el plazo de presentación de solicitudes al programa de balnearios para personas mayores

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Se ofertan turnos de 12 días en régimen de pensión completa, con tres tratamientos termales diarios y con alojamiento en habitaciones dobles

El Gobierno de Navarra ha abierto plazo de presentación de solicitudes para personas mayores y familiares interesados en acudir a balnearios de la Comunidad Foral de Navarra. Se ofrecen turnos de 12 días en régimen de pensión completa y con alojamiento en habitaciones dobles. La estancia incluye tres tratamientos termales diarios. Todos los solicitantes que cumplan los requisitos tendrán una subvención general que reduce a 390 € el precio de la estancia en los balnearios del programa (Fitero y Elgorriaga). En el precio están incluidos el transporte de ida y vuelta al balneario y la póliza de seguros colectiva. 

Hay una subvención especial (hasta agotar una partida de 7.081 euros ) que se concede a aquellas personas que ganan hasta 7.875 euros anuales. El precio por estancia que deberán abonar estos solicitantes dependerá de los siguientes tramos de renta: hasta 1.968 euros la tarifa es de 39 €; entre 1.968 y 3.937, la tarifa es de 117 €; entre 3.937 y 5.906, el precio asciende a 195 €. Y entre 5.906 y 7.875, es de 273 euros. 

Los solicitantes podrán escoger la fecha que deseen dentro de los turnos estipulados de abril a noviembre. El plazo de presentación se abre hoy y finalizará el próximo 1 de marzo. 

Objetivo y beneficiarios

Este programa
 quiere fomentar el termalismo entre las personas mayores y prevenir situaciones de dependencia. Va destinado a aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: 

a) Tener 65 o más años o tener 60 o más años y percibir pensión de jubilación, invalidez, viudedad u otras pensiones. 

b) Estar empadronado en Navarra con una antigüedad mínima de 2 años, debiendo tributar a la Hacienda Foral, salvo que estén exentos de dicha obligación. 

c) No presentar problemas graves de comportamiento que alteren la normal convivencia en los establecimientos. 

d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa incompatible con las características de los tratamientos y el uso de instalaciones comunes. 

e) Disfrutar de autonomía personal para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Se entiende que no cumple este requisito, aquella persona que tenga reconocida mediante resolución la situación de gran dependiente o severo, en cualquiera de sus niveles y moderado nivel 2. 

f) No necesitar la utilización de silla de ruedas para los desplazamientos en cortas distancias. 

g) Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para su recepción.

Podrán ser beneficiarios del programa, asimismo, los cónyuges o personas con relación de análoga naturaleza, siempre que cumplan las condiciones establecidas en los apartados b) a f), y los hijos/as discapacitados/as , que acrediten una discapacidad de grado igual o superior al 33% mediante el correspondiente certificado, siempre que vayan acompañando a sus padres y que, mediante un informe social emitido por los Servicios Sociales de Base, Unidad de Barrio o Centro de Salud, se acredite su dependencia y la imposibilidad de quedar al cuidado de otras personas, y que cumplan a su vez, los requisitos establecidos en los apartados b) al f). Se exigirá a todos los solicitantes informe médico donde se acredite que se cumplen los requisitos establecidos en los apartados c) a f). 


El año pasado se beneficiaron de este programa en Navarra un total de 1.362 personas. En 2010 fueron 1.408.  

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